De casa del pueblo a alojamiento rural

Recuerdo mi infancia en la casa del pueblo, mis padres nos mandaban con mis abuelos después de San Juan y nos pasábamos allí todo el verano. Julio era tranquilo, cada uno tenía su habitación, incluso sobraban habitaciones, pero al llegar agosto la locura empezaba. Los niños acabábamos durmiendo en colchones en el comedor y la casa estaba hasta la bandera.

patos

Al llegar septiembre la casa se quedaba vacía, y todos deprimidos volvíamos a la ciudad. Creo que sabéis de lo que estoy hablando… ¿has pensado alguna vez lo dejo todo y me voy al pueblo? Creo que en algún septiembre todos lo hemos pensado. Todos hemos querido ser el pato amarillo que decide volver al pueblo.

Hoy os quiero hablar de los requisitos para convertir la casa del pueblo en un alojamiento rural, así este año en agosto ya os vais con las ideas claras y dejáis de soñar o lo ponéis en práctica.

La normativa varía según la comunidad, e incluso hay comunidades que tienen denominaciones distintas para los distintos tipos de casa. Pero hay unos denominadores comunes (estoy hablando de alojamiento rural, la normativa es diferente para otro tipo de alojamiento):

  1. La casa debe estar ubicada en un municipio de menos de 1.500 habitantes o estar aislada.
  2. Si queréis alquilar habitaciones, el propietario debe residir en la vivienda o en el mismo pueblo si lo que se alquila es la residencia. En algunos casos es requisito que la casa tenga una antigüedad mínima de 10 años y una arquitectura tradicional.
  3. El máximo de camas autorizado se sitúa en 15.
  4. Debe disponer de agua potable
  5. Tiene que tener dada de alta la electricidad, lo de las velas es muy romántico y ecológico pero para los que marcan lo del turismo rural no es la mejor opción.
  6. Tanto en las habitaciones como en las partes de la casa destinadas a baño, comedor y sala para el uso de los huéspedes haya calefacción.
  7. Debe contar con servicios higiénicos, además de un cuarto de baño completo con agua caliente y fría por cada seis plazas de alojamiento.
  8. Tiene que tener un botiquín de primero auxilios y un extintor.
  9. Debe disponer de teléfono.
  10. La superficie mínima debe ser de 12 metros cuadrados para las habitaciones dobles y unos 9 metros cuadrados para las habitaciones individuales.
  11. Todas las habitaciones tienen que tener ventilación exterior, nada de reconvertir la despensa en habitación individual e íntima.
  12. Las habitaciones como mínimo, deben tener cama, mesilla de noche, silla, armario y punto de luz junto a la cama y todo tiene que estar en buen estado de uso y conservación.

Ya he dicho antes que cada comunidad autónoma tiene sus propios requisitos, en este enlace podéis encontrar las leyes para cada comunidad autónoma: http://www.mesadelturismo.com/legislacion/turismo-rural.htm

Cualquier duda podéis escribir a: tengodudas@cookingempresas.com

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