Si quieres empezar a operar en la Unión Europea, hay unos pasos previos que debes conocer.
Lo primero que tienes que hacer es darte de alta como Operador Intracomunitario. Este registro es conocido como Censo VIES, y nos proporciona un número de operador intracomunitario. Este paso es sencillo, nada más tienes que cumplimentar el apartado correspondiente en el modelo 036, si es una empresa/empresario de nueva creación, se puede hacer en el momento del alta, si ya estás dado de alta, presentas una modificación.
¿En qué casos es necesario darse de alta como Operador Intracomunitario?
Para la exportación de bienes, es decir, la venta de mercaderías desde España a otro país de la Unión Europea.
Para la prestación de servicios, cuando la prestación de dichos servicios se haga fuera del territorio español.
En la importación de bienes o servicios desde otros países de la Unión Europea, en este caso la operación está sujeta a IVA pero la factura nos la deben emitir sin IVA y nosotros hacemos una autoliquidación.
En los dos primeros casos, estamos obligados a comprobar que nuestro cliente está dado de alta como Operador Intracomunitario, para ello nos tiene que facilitar su número de operador, se puede comprobar en el momento en la página de hacienda.
En el caso de la importación, para poder recibir una factura sin IVA, tienes que facilitar tu número de Operador Intracomunitario a tu proveedor para que lo pueda comprobar.
¿Qué declaraciones debes hacer?
El Modelo 303 (trimestral) y el modelo 390 (resumen anual), estos dos modelos ya los tenías que hacer antes de empezar a operar fuera de España, por lo que no cambia demasiado. Cuando empiezas a operar en otros países de la Unión Europea, tienes que consignar el IVA soportado y repercutida que dan lugar las autoliquidaciones de las adquisiciones intracomunitarias, en las casillas correspondientes. Así como las entregas intracomunitarias y las prestaciones de servicios también tienen unas casillas designadas para ello.
Como novedad, introducirás el modelo 349, que es una Declaración Recapitulativa de Operaciones Intracomunitarias, no es más que un resumen en el que empresarios individuales y empresas detallan las operaciones intracomunitarias.