Operaciones Intracomunitarias

Si quieres empezar a operar en la Unión Europea, hay unos pasos previos que debes conocer.

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Lo primero que tienes que hacer es darte de alta como Operador Intracomunitario. Este registro es conocido como Censo VIES, y nos proporciona un número de operador intracomunitario. Este paso es sencillo, nada más tienes que cumplimentar el apartado correspondiente en el modelo 036, si es una empresa/empresario de nueva creación, se puede hacer en el momento del alta, si ya estás dado de alta, presentas una modificación.

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La primera reforma del nuevo Gobierno es para los Autónomos

El Gobierno junto con Ciudadanos han pactado unas medidas que tratan de reducir las cargas administrativas y mejorar la protección social de los trabajadores autónomos.

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¿De qué reformas se trata?

De momento son estos cuatro puntos:

  • Ampliar el tiempo de la cuota reducida de 6 meses a un año. Por lo que los nuevos autónomos podrían beneficiarse durante el primer año de pagar 50 € al mes.
  • Eliminar el pago de las cuotas a la Seguridad Social durante la baja por maternidad y equiparar las prestaciones económicas de las madres autónomas que se reincorporen a su actividad en los dos años posteriores al parto las de las trabajadoras que cotizan en régimen general. (os dejo el enlace al post sobre la baja de maternidad de las autónomas)
  • Incluir los gastos de mantenimiento del vehículo y de los suministros de luz y agua en la deducción del IRPF de los autónomos.
  • Adaptar el pago de las cuotas de autónomos en función de los días trabajados en lugar de por meses.

Además de estas cuatro medidas, se creará una Subcomisión en la Comisión de Empleo del Congreso de los Diputados que estudiará la reforma del Régimen Especial del Trabajador Autónomo (RETA)  y se entrará en:

  • Flexibilidad en la cotización para los autónomos a tiempo parcial o esporádicos, en este enlace hay más información sobre ser asalariado y autónomo a la vez
  • Exención del pago de las cuotas a la Seguridad Social si los ingresos del autónomo son inferiores al salario mínimo interprofesional, esta medida va muy ligada con la anterior. De esta situación y sus posibles soluciones hemos hablado varias veces, te dejo los enlaces por si quieres refrescar: aquí, aquí y aquí.
  • Más flexibilidad en el cambio de la base de cotización, se permitirán hasta cuatro cambios al año.
  • Compatibilización del trabajo autónomo con la percepción de la pensión de jubilación.
  • Igualdad de prestaciones sociales para los trabajadores por cuenta propia y por cuenta ajena. Esperemos que igualdad sea Igualdad sin matices.

 

¿Puedo ser asalariado y trabajar por mi cuenta a la vez?

La respuesta es si. Puedes trabajar por cuenta ajena y a la vez tener tu propio negocio. Aunque la tentación de no darse de alta de autónomos es grande, no es recomendable. Es mejor que hacienda y la seguridad social estén informadas de tu situación. De esta manera podrás emitir facturas y tener todas las garantías por si tienes algún problema en tu actividad como autónomo.

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Esto se considera una situación de pluriactividad, se entiende por pluriactividad (copio y pego de la página de la Seguridad Social) la situación del trabajador por cuenta propia y/o ajena cuyas actividades den lugar a su alta obligatoria en dos o más Regímenes distintos del Sistema de la Seguridad Social.

La cuota que debe pagar un trabajador autónomo en situación de pluriactividdad, es menor que si fuera su única actividad. Esto tiene una razón poderosa, ya se cotiza por su trabajo por cuenta ajena. El trabajador en situación de pluriactividad, puede beneficiarse de una bonificación. Vamos a adentrarnos en el maravilloso mundo de las bonificaciones, esas que son objeto de deseo por todos:

Durante los primeros 18 meses, puedes obtener una bonificación de hasta el 50% de la base de mínima.

Después de esos 18 meses, no se acaba el mundo, puedes obtener una reducción de hasta el 75% de la base mínima.

NO te puedes acoger a la tarifa plana para autónomos, la pluriactividad es incompatible.

Esta es la información, siempre digo que las cosas se pueden hacer de varias maneras pero es mejor hacerlas bien, así que date de alta como autónomo.

Os dejo unos post antiguos que están relacionados y os pueden ser de ayuda:

https://cookingempresas.com/2014/12/22/facturar-sin-ser-autonomo/#more-339

https://cookingempresas.com/2014/01/29/empresario-individual-encantado-de-conocerte/

De casa del pueblo a alojamiento rural

Recuerdo mi infancia en la casa del pueblo, mis padres nos mandaban con mis abuelos después de San Juan y nos pasábamos allí todo el verano. Julio era tranquilo, cada uno tenía su habitación, incluso sobraban habitaciones, pero al llegar agosto la locura empezaba. Los niños acabábamos durmiendo en colchones en el comedor y la casa estaba hasta la bandera.

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Al llegar septiembre la casa se quedaba vacía, y todos deprimidos volvíamos a la ciudad. Creo que sabéis de lo que estoy hablando… ¿has pensado alguna vez lo dejo todo y me voy al pueblo? Creo que en algún septiembre todos lo hemos pensado. Todos hemos querido ser el pato amarillo que decide volver al pueblo.

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¿Cómo montar una tienda online?

Ahora que está tan de moda ser Juan Palomo, vamos a ver los pasos a seguir para montar una tienda online. Hay pasos específicos que se deben hacer sin diferenciar si tu negocio es online o presencial.

Tienda Online

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Hey Darling, tienes derecho a la baja por maternidad

Si eres autónoma y das a luz tienes el 100% de tu base de cotización del mes anterior a la baja por maternidad durante 16 semanas, igual que si fueras trabajadora por cuenta ajena. En general, tienes los mismos derechos que una trabajadora por cuenta ajena. Tienes derecho a solicitar la baja por maternidad, adopción, acogimiento o tutela de un familiar. Pero no te olvides de seguir pagando la cuota de autónomos durante la baja de maternidad.

Naturaleza

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Entrega el certificado de retenciones

El certificado de retenciones es un documento que la empresa debe entregar al trabajador y a todas las personas a las que les haya aplicado retenciones. En ese certificado se detallan las percepciones abonadas en el ejercicio (el año pasado) y las retenciones practicadas. Además de las retenciones practicadas sobre los rendimientos del trabajo también incluye cualquier renta que esté sometida a retención, por ejemplo servicios profesionales o alquiler del local.

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Esto son dos autónomos que se juntan

Podría ser el principio de un chiste pero no, es el título de un nuevo post.

Con esto de la colaboración, los centros de coworking y demás se dan muchas situaciones en que dos autónomos que tienen cada uno su trabajo, hacen algo juntos. Si ese algo es un producto o un servicio continuado en el tiempo y que quieren comercializar, normalmente, necesitan hacer algún documento legal que defina esa asociación. Para estos casos, lo más sencillo es una comunidad de bienes.

Botellas de colores

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